Cuando vayas a una funeraria, que no te vendan gato por liebre. Aquí te facilitamos algunos consejos para que el funeral que puedas contratar responda a tus intereses y no a los de la empresa funeraria.

Si se piensa en estafas funerarias nos viene el caso de la Funeraria El Salvador en Valladolid que durante casi 20 años reaprovechó los ataúdes destinados a cremación.

A un nivel diferente, que no puede considerarse para nada estafa, muchas funerarias manipulan a las familias con diferentes afirmaciones ambiguas que en la mayoría de los casos nadie cuestiona.

Como en todos los sectores, la mayoría de las empresas tienen sus propios códigos éticos para que el cliente salga satisfecho, aunque el funeral fuese caro.

El impacto emocional de la muerte de un ser querido deja indefensas a las familias. Entonces, las funerarias se aplican con esmero en su acción comercial.

El certificado médico de defunción es propiedad de la familia
Impreso del certificado médico de defuncion modelo oficial en papel. Incluye también el Boletín Estadístico de Defunción.

El certificado médico de defunción es un documento oficial emitido por un médico colegiado que acredita cuándo y cómo una persona ha fallecido.

Este documento se debe entregar únicamente a la persona que legítimamente lo ha solicitado, o a la que haya sido autorizada para ese fin por el paciente.

Algunos hospitales tienen acuerdos ya con funerarias (algo que no es legal) y con la excusa "para facilitar los trámites" ya lo entregan directamente a la funeraria con la que tienen el acuerdo.

Esto de facto impide que la familia pueda ejercer la libertad de elegir la funeraria que desee.

Por tanto, es imperativo tener claro que el certificado médico de defunción es propiedad de la familia y a ella debe entregarse siempre.

Este certificado deberá inscribirse en el Registro Civil sección Defunciones. Entonces, este organismo emite el Certificado de defunción que será el documento válido para todos los trámites posteriores al fallecimiento

La Ley del Registro Civil establece que no se puede otorgar la licencia para el entierro sin el certificado médico facultativo.

La inhumación o cremación se realizará transcurridas al menos 24 horas tras el fallecimiento y antes de las 48 horas salvo intervención judicial.

Actualmente, existe también el Certificado Médico de Defunción Electrónico (CMDe) el cual sustituye al actual certificado en papel.

Este documento lo puede expedir un médico colegiado y, por supuesto, agiliza y facilita también la gestión de inscripción del fallecimiento en el Registro Civil.

El velatorio no tiene porque ser en el tanatorio
Fotograma de The Last Ecstatic Days (2024), documental de Scott Kirschenbaum.

El servicio de velatorio en un tanatorio no es obligatorio. La vela se puede hacer en el domicilio del fallecido. Por tanto, el velatorio en casa fuera de las instalaciones funerarias es absolutamente legal.

Es cierto que el tanatorio facilita el trasiego de familiares, amigos o conocidos que quieren dar el pésame o despedirse. Pero no es el único espacio para hacerlo.

Cada vez más personas mayores que a penas les quedan conocidas deciden que no quieren velatorio e ir directamente a cremación o inhumación.

Luego en otro momento, con las cenizas se puede organizar una despedida familiar o colectiva sin apremio y con un homenaje vivencial.

En el caso de inhumación en un cementerio, hay la posibilidad de reunirse frente al nicho o tumba con las personas convocadas en cualquier momento que lo consideren. Y allí celebrar la despedida, poner flores o hacer parlamentos.

Aunque no se escoja el servicio de velatorio en el tanatorio, si que se puede contratar el espacio del oratorio para la ceremonia funeraria.

Muchas funerarias o municipios disponen de oratorios mixtos tanto para ceremonias religiosas como laicas.

El ataúd lo puede poner el cliente siempre y cuando esté homologado
Ataúd de cartón Eternova Eco homologado con la Norma UNE 190.001:2023.

Algunas funerarias tienen la costumbre de argumentar que para el transporte del fallecido desde el domicilio mortuorio al tanatorio la familia debe haber escogido y adquirido ya el ataúd homologado como prescribe el reglamento.

Sin embargo, para la recogida están autorizados los féretros o bolsas de transporte que son de plástico o bioplástico y que también han sido homologadas para este menester. Este tipo de traslados se realiza con los vehículos de recogida o furgón fúnebre de las empresas funerarias.

El reglamento deja claro que las bolsas de transporte tienen la categoría de féretros. Por tanto, para las recogidas no es necesario disponer todavía del ataúd.

Dado que en el ámbito funerario España no es homogénea, algunas autonomías regulan que estas bolsas estancas sólo pueden ir dentro del ataúd convencional, pero se podría impugnar.

Aunque legalmente la empresa funeraria debe proveer el ataúd, no está prohibido que lo aporte la familia, siempre que esté homologado.

Es cierto que no se pueden comprar fácilmente ataúdes homologados en España fuera de las funerarias, pero hay alguna opción para obtenerlo de las empresas que fabrican ataúdes de cartón.

El aseo mortuorio y los servicios de un tanatopractor no son obligatorios
Equipo básico de aseo mortuorio y tanotaestética.

La higienización del cadáver o aseo mortuorio, hace referencias a diversas prácticas de preparación del cuerpo de una persona fallecida para el velatorio, el entierro o la cremación.

En el sector funerario se han habilitados formaciones profesionales para estas actividades de limpieza, preparación, reparación de partes dañadas, conservación transitoria con extracción de líquidos corporales, etc.

El aseo mortuorio para muchas tradiciones compete a la familia ya que es la responsable del ser querido fallecido. Sin embargo, el miedo a la muerte ha facilitado que esta práctica acabe en manos de las empresas funerarias.

Hay que saber que legalmente la empresa funeraria no tiene la obligación y, por tanto no puede cobrar, el servicio de higienización y preparación estética del cadáver. El aseo o preparación del cuerpo mortuorio lo puede realizar la familia.

Si la familia no pone objeciones, las funerarias proponen todos los servicios de preparación. En estos casos, el maquillaje o tanatoestética e incluso la tanatopraxia. Para esta útima argumentan (es una opinión) que el arreglo facilitará una despedida menos traumática.

En el caso que la familia no quiera que el cadáver se exponga, todavía tiene menos sentido todo lo relacionado con la preparación.

Este pues es un aspecto que la familia debe plantearse, pero no se puede obligar a preparación alguna si no se desea.

Ni flores ni recordatorios, ni nada ornamental si no lo deseas
Fotograma de The Last Ecstatic Days (2024), documental de Scott Kirschenbaum.

Otro servicio que las funerarias pueden sugerirte es todo lo relacionado con la ornamentación en el velatorio y en el funeral. Hay que tener claro que es un servicio opcional al que no pueden obligarte.

Por supuesto, la familia puede aportar los ornamentos que considere de su cosecha o directamente, ninguno. Si se quiere convertir el ataúd en un pizarrón para escribir o dibujar mensajes de despedida nada lo impide.

Seguramente, se puede pensar que con lo que vale el ataúd mejor no "ensuciarlo". En realidad, sea de madera o cartón el ataúd tiene una vida corta y sirve a la despedida, ya que por ahora en España no se puede con mortaja.

El ataúd es propiedad de la familia y con el puede en su superficie hacer lo que considere: pintarlo, grafitearlo, garabatearlo, etc. Así que no hay que dejarse intimidar por los empleados funerarios si uno quiere decorar el ataúd con lo que quiera.

Cuidado con los seguros de decesos

En la gestión de funerales España es única con su modelo de seguro de decesos. Este producto financiero, nacido en pleno franquismo se ha perpetuado y sigue en alza; según la patronal del sector, un 60 % de la ciudadanía del país lo tiene contratado.

Lógicamente, la obligación del seguro de decesos es hacerse cargo de todos los servicios relacionados con la ceremonia fúnebre de principio a fin.

Sin embargo, la tipología de servicios incluidos depende de cada agencia. Algunas son más transparentes que otras y hay que vigilar con la letra pequeña. También hay que tener en cuenta que según el capital acumulado los servicios y productos varían.

La mayoría de las aseguradoras no facilitan datos a la familia sobre el estado del seguro antes del deceso, aunque el propietario del mismo esté ya en fase terminal.

La opacidad campa en este sector a sus anchas. Si se escoge un servicio de mínimos o el acumulado era importante la aseguradora debe devolverlo a los herederos.

En cualquier caso, si bien es cierto que el seguro de decesos facilitar que la familia pueda ser ajena a la gestión del funeral en estos momentos emocionalmente sensibles, no es menos cierto que la picaresca existe.

Por otra parte, un funeral sencillo con cremación o inhumación puede costar actualmente menos de dos mil euros. Para esta cifra no es necesario estar toda la vida pagando el funeral.

Compartir :